Entre el 17 de noviembre y 4 de diciembre, en la plataforma online www.minvu.cl
Entre el 17 de noviembre y el 4 de diciembre del 2020, los interesados podrán postular al segundo llamado del subsidio clase media DS1, donde no será requisito contar con preaprobación de crédito hipotecario para postular a cualquiera de los títulos y tramos de este beneficio.
El llamado es a postula 100% online en www.minvu.cl Entre el 17 de noviembre y el 4 de diciembre (14 horas). Cabe señalar que si postularon al llamado anterior podrán aprobar la propuesta de postulación automática ingresando a www.minvuconecta.cl
Entre el 19 de noviembre y el 4 de diciembre (14 horas). Si es la primera vez que postulas para comprar una vivienda o no estás de acuerdo con la propuesta de postulación automática podrán realizar la postulación en línea en www.minvu.cl
Entre el 23 de noviembre y el 4 de diciembre (14 horas). Si postulas por primera vez a construcción de vivienda en sitio propio o necesitas acreditar alguna situación excepcional, podrán completar el formulario de solicitud de postulación en www.minvu.cl desde el 23 de noviembre hasta el 4 de diciembre
Principales requisitos para postular: Tener mínimo 18 años de edad, y contar con cedula nacional de identidad vigente o vencida durante 2020. Las personas extranjeras deben contar con cédula de identidad para extranjeros y adjuntar certificado de permanencia definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile), excepto quienes hayan participado del segundo llamado de 2019 o del primer llamado de 2020 y no resultaron beneficiados.
Además de acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de 12 meses, estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH), y dependiendo del título y tramo al que postulas debes acreditar el siguiente ahorro mínimo y % de vulnerabilidad del Registro Social de Hogares (RSH): Título I tramo 1, 30 UF. No superar el 60% de vulnerabilidad del RSH; Título I tramo 2, 40 UF. No superar el 80% de vulnerabilidad del RSH; Y ttítulo II, 80 UF. No superar el 90% de vulnerabilidad del RSH.