Multas de hasta $158 millones arriesgan empresas que incumplan nueva ley de alcoholes

Este mes entró en vigencia normativa de etiquetado a bebidas con graduación alcohólica igual o superior a 0,5.

A multas que pueden llegar hasta las 200 Unidades Tributarias Anuales (UTA) -poco más de $158 millones- se exponen las empresas que incumplan la nueva normativa de etiquetado y publicidad de bebidas alcohólicas.
Así lo advirtió la seremi de Salud, Jessica Bravo, quien esta mañana –en dependencias del supermercado Jumbo Angamos de Antofagasta- entregó detalles en torno a las exigencias y alcances de la nueva ley.

«El objetivo de esta norma es regular la venta, comercialización y producción de estas bebidas, así como establecer ciertas restricciones en su publicidad. Además, impone la obligación de incluir advertencias sobre el consumo nocivo en los envases de estos productos”, explicó.

En efecto, una de las principales modificaciones que introduce esta ley son las advertencias sanitarias visibles en los envases de las bebidas con una graduación alcohólica igual o superior a 0,5 grados.

Según explicó la autoridad, esta ley viene a hacerse cargo de las consecuencias sanitarias, sociales y económicas del consumo de alcohol, especialmente el consumo nocivo.

“El alcohol es el principal factor de riesgo que causa muerte o discapacidad en el país, responsable del 12,4% de los años de vida saludables perdidos, el doble de los causados por la obesidad o la presión arterial”, dijo.

Detalló que estas políticas afectan especialmente al consumo de alcohol en la infancia y adolescencia, retardando la edad de inicio y protegiendo a niñas, niños y adolescentes, favoreciendo su desarrollo futuro en la edad adulta.

Bravo puso como ejemplo los efectos positivos de este tipo de regulación es la Ley de Alimentos, que demostró que la incorporación de advertencias en el etiquetado y las restricciones a la publicidad infantil redujo la exposición de los niños a la publicidad de productos con esas advertencias, llevando a una disminución en el consumo de nutrientes críticos (calorías, azúcares, sodio, grasas saturadas) y de algunas categorías de productos como bebidas azucaradas.

En torno al proceso de control para el cumplimiento de la ley, el fiscalizador de la Unidad de Alimentos y Saneamiento Básico de la Seremi de Salud, Yerko Zapata, explicó que la nueva normativa –en lo que respecta al etiquetado- ya está vigente desde el pasado 7 de julio.

“Una de las principales modificaciones que introduce esta ley –que está apuntada fundamentalmente a los productores e importadores de bebidas alcohólicas- son las advertencias sanitarias visibles en los envases de las bebidas con una graduación alcohólica igual o superior a 0,5 grados, así como una rotulación del valor energético en estas bebidas”, explicó Zapata.

Aclaró que –durante un periodo- continuarán en vitrinas algunas bebidas con graduación igual o superior a 0,5 grados sin las etiquetas, no obstante eso se debe a que fueron producidas antes de que ingresara en vigencia la ley y ya se encontraban en stock.

Por último, se informó que más adelante se sumarán advertencias sanitarias en la publicidad, sobre todas las acciones gráficas o publicitarias difundidas a través de medios escritos, carteles o avisos publicitarios, ya sean físicos o virtuales, incluidos los dispuestos en puntos de venta.

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