Entre ellos. uno por porte de arma de fuego.
En el marco del partido entre Cobreloa y Huachipato y en el Estadio Zorros del Desierto de Calama, hecho que marcó el regreso del cuadro loíno a primera división, fue que se desarrollaron diversos servicios de control de orden público por parte Carabineros y de la Delegación Presidencial Provincial de El Loa.
El trabajo consideró 66 controles de identidad, diez controles vehiculares y seis infracciones por consumo de alcohol, dejando un saldo de cinco detenidos, dos de ellos sorprendidos con elementos de pirotecnia, otras dos personas portaban armas blancas y otro, incluso de fuego.
El delegado presidencial provincial de El Loa, Miguel Ballesteros explicó, “la hinchada de Cobreloa se comporta bastante bien, pero siempre hay un grupo de personas que afectan el normal desarrollo de los eventos deportivos y que además cometen delitos; el porte de armas es un delito, el porte y uso de fuego de artificios es también un delito y nos preocupa que efectivamente una de estas personas estaba en un registro de Cobreloa para ingresar elementos de animación”.
Recordar que los partidos de fútbol son eventos privados y, por tanto, el encargado de la seguridad en los encuentros deportivos de fútbol profesional son los organizadores de los mismos (Clubes y ANFP). Carabineros, en tanto, fiscaliza a la seguridad privada y presta apoyo en materia de orden público.
El organizador del espectáculo de fútbol es el encargado de proponer aforos, horarios y recintos en que se desarrollaran los encuentros deportivos, los cuales son analizados en las Delegaciones Presidenciales Regionales y Provinciales, en conjunto con Carabineros, previamente a dar la autorización.
El objetivo es que se juegue con la máxima capacidad posible del estadio, siempre y cuando se brinden todas las condiciones de seguridad, y no existan riesgos para las personas.
Es por esto, que el delegado recordó que “los aforos se definen de acuerdo con la capacidad que tenga el organizador del evento de cumplir con los requisitos para ese aforo, no por la voluntad de la autoridad administrativa”.