149 mujeres desde el 2018 optaron por interrumpir embarazos en tres causales en la Región de Antofagasta

En los tres últimos años son siete las menores de 14 años quienes han usado esta facultad legal.

Son 149 mujeres de la región de Antofagasta optaron por interrumpir sus embarazos entre 2018 y marzo de este año acogiéndose a la ley 21.030, vigente desde 2017, y que permite acceder a esta prestación en salud sólo para evita el peligro de vida de la madre, en que el embrión o feto presente una malformación incompatible con la vida intrauterina o por violación.

Las cifras fueron dadas a conocer por el Departamento de Salud de la Seremi de Salud, entidad que forma parte de la mesa intersectorial para prevenir el embarazo adolescente, de la cual forman parte además el SernamEG, Injuv, Seremi de Educación, Seremi de Desarrollo Social y Familia, Senda y la Corporación Municipal de Desarrollo Social, entre otras entidades.

La exposición, a cargo de la matrona y epidemióloga de la Seremi de Salud, Claudia González Fuentes, reveló que del total de mujeres que interrumpieron sus embarazos en esta zona, siete correspondieron a menores de 14 años de edad, en tanto que la mayor parte se concentró en mujeres de entre 25 y 34 años quienes representaron el 45 por ciento del total.

Mayoritariamente en Antofagasta fueron 48 mujeres las que optaron por poner fin a sus embarazos debido a malformaciones congénitas detectadas en sus gestaciones, en tanto que en Calama fueron 21 por la misma causal. En Mejillones, tres mujeres accedieron a esta prestación por arriesgar sus propias vidas. Otras de las conclusiones fue que las mujeres accedieron a estas prestaciones en mayor proporción en el sistema de salud público, en más de un ochenta por ciento.

El director regional (s) del SernamEG, Juan Luis Godoy, presente en la sesión mensual de la Mesa realizada por vía remota, destacó la importancia de efectuar actividades de este tipo por cuanto “nuestro deber como institución del Estado es orientar a la comunidad, especialmente a la población juvenil, en cuanto a los derechos que han obtenido en material sexual y reproductiva”.

Asimismo, en la región, y a pesar de conocer la gravedad de la situación a la que se enfrentaban las mujeres en una de las tres causales, 23 optaron por continuar con sus embarazos. A todas, ya sea hayan interrumpido sus embarazos como no, la ley las faculta para acceder a acompañamiento sicológico y social.

De las 149 mujeres, el 82 por ciento correspondió a madres chilenas y el 16,6 por ciento a extranjeras. La mayor causal esgrimida por las inmigrantes en esta zona fue por violación, con un 57,1 por ciento.

González Fuentes, explicó que conforme la legislación ha avanzado desde su entrada en vigencia, con sus respectivos reglamentos y pronunciamientos de la Contraloría, en la región no existe la objeción de conciencia institucional en el sistema de salud público, pero sí “existe objeción de conciencia de profesionales que atienden o participan en la interrupción del embarazo indicada en la Ley 21.030. Sin embargo, esto debe estar acreditado y respaldado a nivel de la autoridad sanitaria regional”, afirmó González.

La presentación de González consistió en explicar además los dispositivos para la anticoncepción hormonal de emergencia, amparados por la ley 20.148 vigente desde 2010.

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